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Corte Constitucional legaliza el suicidio médicamente asistido en Colombia

Este miércoles, en un fallo histórico, la Sala Plena de la Corte Constitucional dio viabilidad al suicidio médicamente asistido (SMA), como uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna en Colombia.

Este procedimiento, significa que cada persona podrá ejecutar su muerte de manera abierta y sin penalización. A diferencia de la eutanasia, en este caso es el paciente quien ejecuta la acción de acabar con su vida.

La votación contó con 6 votos a favor y 3 en contra, se tomó teniendo en cuenta una ponencia presentada por el magistrado Antonio José Lizarazo. Al togado lo acompañaron en su tesis, Diana Fajardo, Natalia Ángel Cabo, Gloria Stella Ortiz, Alejandro Linares y José Fernando Reyes. A ella se opusieron los magistrados Paola Meneses, Jorge Enrique Ibáñez y Cristina Pardo.

Para que este procedimiento sea aplicado debe cumplir los siguientes parámetros:

– Cuando el paciente esté debidamente diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable.
– Cuando el paciente presente intensos dolores físicos o psíquicos y que por cuenta de ellos se presente una incompatibilidad con el precepto de vida digna.
– Consentimiento del paciente.
– La asistencia la debe prestar un médico.

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