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Corte Constitucional despenaliza el aborto en Colombia hasta la semana 24 de embarazo

La Corte Constitucional decidió la tarde de este lunes que las mujeres podrán abortar durante las primeras 24 semanas de gestación sin que sea calificado como un delito. A partir de la semana 25 se aplicarán las tres causales que la Corte había definido en el año 2006.

Con cinco votos a favor y cuatro en contra, el alto tribunal tomó una decisión histórica y de inmediata aplicación. Mujeres que aborten hasta ese límite de tiempo ya no irán a prisión.

A favor de despenalizar estuvieron los magistrados Alberto Rojas Rios, Antonio José Lizarazo, José Fernando Reyes, Diana Fajardo Rivera y Julio Andrés Ossa (conjuez) y en contra, Cristina Pardo Schlesinger, Jorge Enrique Ibáñez, Paola Andrea Meneses y Gloria Stella Ortiz Delgado.

La corte Constitucional exhortó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional, para que, sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral –incluidas las medidas legislativas y administrativas que se requiera, según el caso–, que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes, descritos en esta providencia y, a su vez, proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías, a partir del condicionamiento de que trata el resolutivo anterior.

Las mujeres que quieran abortar, podrán hacerlo de manera libre hasta la semana 24 de gestación, después de este tiempo sí regirán las tres causales establecidas en el año 2006, cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”.

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